El Sergas tendrá que indemnizar a un paciente del área que tuvo que operarse en la privada

El juez establece que deberá pagar 7.140 euros al afectado, que acudió varias veces al centro de salud de O Grove y al CHUP con intensos dolores por una hernia discal

 Centro de salud de O Grove. GSV
photo_camera Centro de salud de O Grove. GSV

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra ha condenado al Servizo Galego de Saúde a pagar 7.140 euros a un paciente del área sanitaria de Pontevedra y O Salnés, por haber tenido que operarse de una hernia discal al Hospital Nuestra Señora de Fátima, centro privado de Vigo. Fue como consecuencia de la reordenación de recursos durante la primera ola de la pandemia, en el primavera de 2020.

El paciente solicitaba más de 12.000 euros, pero el magistrado ha estimado su reclamación solo en parte, determinando que no proceden los 5.000 euros que pedía por daños morales dada la celeridad con la que se efectuó el diagnóstico. Así, la cifra que tendrá que desembolsar finalmente el Sergas corresponde a los gastos médico-quirúrgicos y está avalada con una factura. 

Según el relato de los hechos recogido en la sentencia, que tiene fecha del 12 de junio, el afectado —de 44 años— acudió "en reiteradas ocasiones" entre marzo y abril de 2020 a su centro de salud de O Grove y al servicio de urgencias del Complexo Hospitalario de Pontevedra (CHUP) por "dolor intolerable" pese a la medicación.

Le dieron el alta hospitalaria con una cita para un mes después para "valoración". Ese diagnóstico —según se recoge en el fallo— recogía que sufría "un dolor muy intenso e incontrolable en la espalda, restricción de capacidad deambulatoria y el temor razonable a un agravamiento de la dolencia, con riesgo de pérdida funcional de algún miembro".

Así pues, este paciente solicitó una segunda opinión en la consulta privada de un doctor que le recomendaron, que además trabajaba también para el Sergas en el Álvaro Cunqueiro de Vigo. En concreto, fue a su consulta en el Hospital Nuestra Señora de Fátima, donde se operó.

La Xunta, durante el juicio, sostuvo que había acudido a esa clínica "por su propia voluntad" y que no se cumplían los requisitos establecidos para la cobertura de gastos por parte de la Administración porque no era una "urgencia vital".

Con todo, el magistrado explica en su sentencia que fue "correcta" la decisión del hombre de intervenirse en la sanidad privada, al tiempo que subraya que el gasto que tuvo que asumir "reúne los requisitos de antijuridicidad" establecido en el artículo 32 de la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público. Por esto mismo, ve procedente que la Consellería de Sanidade se lo deba compensar.

Así, recalca que, de no habérsele practicado la operación en esas fechas, "habría tenido que soportar, innecesariamente, durante un largo período de tiempo unos dolores muy intensos, así como los efectos secundarios de la medicación paliativa prescrita, con riesgo de agravamiento de la lesión de columna".

Además, el juez destaca la rápida intervención en la clínica privada, lo que le ahorró al Sergas "el montante equivalente que habría conllevado la realización de la operación en el hospital público". Esto también le permitió "liberar quirófano, cama y Uci" para los pacientes covid en aquella primera ola de la pandemia.