Condenado el hombre que ocultaba droga en un cuadro de contadores en Sanxenxo

Se le impone una condena de un año y medio de cárcel y una multa de 2.836 euros

 Un cuadro de contadores. AEP
photo_camera Un cuadro de contadores. AEP

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un año y medio de prisión para un hombre que ocultaba la droga en el cuadro de contadores de un edificio de Sanxenxo

El juicio estaba señalado para este jueves día 4 de abril y se ha resuelto mediante un acuerdo de conformidad entre las partes. 

Así, el acusado ha admitido ser autor de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas y la Fiscalía ha rebajado su petición de condena que inicialmente era de cinco años de prisión y multa de 2.836 euros

El condenado, de nacionalidad española, de 35 años de edad, y sin que le consten antecedentes penales computables a los efectos de reincidencia, sobre las dos de la madrugada de 20 de julio de 2022 fue sorprendido en el interior de un portal de la localidad de Sanxenxo por una dotación policial mientras se apoderaba de una bolsa de cuero de color marrón que se encontraba escondida en el interior del cuadro de contadores de la luz de dicho edificio. 

Esta bolsa contenía en su interior veinte pequeñas bolsas de plástico de color verde con sustancia en polvo blanco que resultó ser 16,154 gramos netos de cocaína, con una pureza del 26,95%

También había otros seis envoltorios de plástico de color verde con sustancia en polvo blanco que resultó ser 7,981 gramos netos de cocaína, con una pureza del 24,8% y tres envoltorios de plástico transparente que contenían una sustancia de color marrón, que resultó ser 18,888 gramos netos de resina de cannabis, con una pureza del 26,1%.

DISTRIBUCIÓN LUCRATIVA. La Fiscalía considera que estas sustancias las tenía escondidas el encausado con el propósito de proceder a su distribución lucrativa en el mercado ilícito.

Dichas sustancias alcanzarían en el mercado ilícito un valor aproximado de 825,48 euros a cocaína y 120,12 euros el hachís.

El encausado es consumidor habitual de sustancias psicotrópicas así, cocaína y cannabis, sin que conste en la causa si al punto de los hechos tenía alteradas ni leve ni moderadamente sus capacidades volitivas y cognitivas.