Abierto el plazo de solicitud del bono alquiler para jóvenes en Galicia

Está ayuda está destinada a las personas de entre 18 y 35 años con una renta anual inferior a 24.318 euros
Recurso alquiler. DP
photo_camera Imagen recurso de llaves. DP

El bono de alquiler para jóvenes ya se puede solicitar para las personas de entre 18 y 35 años con una ayuda de 250 euros mensuales durante los próximos dos años. Estas subvenciones están dirigidas a aquellos jóvenes que tengan su residencia habitual en una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso.

¿Quién puede pedir estas ayudas?

Podrán solicitar el bono joven al alquiler todas aquellas personas que tengan una vivienda arrendada y que cobren rentas del trabajo inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), es decir, que no superen los 24.318,84 euros. El límite de ingresos se aplica como renta del hogar, para todas las personas que tienen su domicilio habitual en el apartamento, aunque no figuren en el contrato. Aún así, habrá posibilidad de regular algunas excepciones a este requisito, siendo obligatorio que los receptores estén empadronados en el municipio en el que viven.

El precio del alquiler no puede superar los 600 euros

A mayores del límite de la renta anual percibida, se añade la cuantía máxima a la que pueden ascender los contratos de arrendamiento de los solicitantes. Se sitúa en 600 euros con carácter general, aunque el decreto del Gobierno abre la vía para que las comunidades puedan aumentar el máximo a los 900 euros, una medida pensada para ciudades con los precios muy tensionados, pero que no es probable que se aplique en Galicia.

Dónde, cómo y cuándo realizar la solicitud del bono

Desde el 1 de julio y hasta el 31 de octubre de 2022, las personas que reúnan los requisitos económicos, de edad y todos los que se recogen en la propia convocatoria del BOE podrán solicitar esta subvención única y exclusivamente a través de medios electrónicos

Para ello, los interesados deberán presentar el formulario de solicitud en la sede electrónica de la Xunta, realizar una serie de declaraciones responsables (ocho en total), así como completar los anexos correspondientes. Además, los solicitantes tendrán que aportar mediante la misma vía varios documentos complementarios, como el contrato de alquiler de la vivienda o de habitación o contrato de cesión de uso; la referencia catastral del inmueble, si no figura en el contrato; o un documento firmado por el arrendador en el que conste el importe de la renta o precio de cesión individualizado, en caso de que se incluyan gastos de comunidad y/o anexos, cuyo importe no estuviera desglosado.

También será necesario aportar el certificado de empadronamiento colectivo en el que consten las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda en cuestión; o bien certificado individual, si en la vivienda reside únicamente el solicitante; así como documentación justificativa de la fuente regular de ingresos del solicitante.

¿Qué pasa si estoy a punto de firmar mi contrato?

Si el solicitante aún no firmó ningún contrato pero está en condiciones de suscribirlo, también podrá pedir el bono alquiler y optar a su concesión en las mismas condiciones. Para ello, deberá aportar, junto con su solicitud electrónica, un compromiso firmado por arrendador y arrendatario de la formalización de un contrato de alquiler o cesión de uso en el que se haga constar el importe de la renta o del precio de la cesión; el ayuntamiento en el que se localiza la vivienda; la referencia catastral; las personas arrendatarias que suscribirán el futuro contrato y la fecha a partir de la que tendrá efectos económicos.

La Xunta estima que alrededor de 3.800 jóvenes podrían beneficiarse de las ayudas. La convocatoria sale publicada con una dotación de 22,8 millones de euros a repartir entre las anualidades 2022 y 2023. Las arcas autonómicas ya recibieron a finales de mayo la mitad de los fondos que le transfiere el Estado para financiar esta iniciativa, 5,7 de los 11,4 millones de euros comprometidos.